Las cotizaciones a la Seguridad Social en 2026 incorporan una serie de cambios relevantes que, aunque en muchos casos reciben menos atención que la revalorización de las pensiones, tienen un impacto directo en empresas, personas trabajadoras y autónomos. El Real Decreto-ley 3/2026 introduce ajustes en bases, topes y tipos de cotización que responden a una lógica clara: reforzar los ingresos del sistema en un contexto de envejecimiento demográfico, aumento del número de pensionistas y necesidad de garantizar su sostenibilidad futura.
Comprender estas modificaciones resulta clave no solo para quienes gestionan nóminas o asesoran a empresas, sino también para cualquier persona que cotiza, ya que las decisiones adoptadas hoy influyen directamente en las prestaciones de mañana.
Cambios en las bases máximas de cotización
Uno de los ejes centrales de la reforma es la actualización del tope máximo de las bases de cotización en el Régimen General. A partir de 2026, este límite se sitúa en 5.101,20 euros mensuales, frente a los 4.909,50 euros vigentes en 2025. El incremento es de 191,70 euros al mes, lo que supone aproximadamente un 3,9%.
Este ajuste implica que una mayor parte del salario de las personas con retribuciones más elevadas pasa a estar sujeta a cotización. El efecto inmediato se refleja en un aumento del coste laboral, tanto para las empresas como para las personas trabajadoras afectadas. A medio y largo plazo, sin embargo, esta ampliación de la base máxima también tiene consecuencias en la cuantía de las futuras prestaciones contributivas, ya que se amplía la base sobre la que se calculan, especialmente en el caso de la pensión de jubilación.
Bases mínimas y su vinculación al salario mínimo
En relación con las bases mínimas de cotización, el sistema mantiene el criterio habitual previsto en la Ley General de la Seguridad Social, que las vincula directamente al salario mínimo interprofesional. Con carácter general, las bases mínimas se fijan en una cuantía equivalente al SMI vigente incrementado en un sexto, de modo que exista coherencia entre la política salarial mínima y el nivel mínimo de protección contributiva.
Conviene recordar que lo normal es que el salario mínimo interprofesional se apruebe cada año en los primeros meses mediante real decreto, tras el correspondiente proceso de negociación y decisión del Gobierno. Hasta que se publica ese real decreto y entra en vigor el nuevo SMI, se mantiene provisionalmente el salario mínimo del año anterior, sin perjuicio de que la actualización posterior pueda tener efectos desde el 1 de enero.
Al inicio de 2026, y mientras no se apruebe el nuevo SMI por real decreto, sigue siendo de aplicación el salario mínimo de 2025, fijado en 1.184 euros mensuales en 14 pagas. Sobre esta base, la base mínima de cotización en el Régimen General se sitúa en 1.381,33 euros mensuales, resultado de prorratear las pagas extraordinarias del SMI, conforme a la técnica habitual utilizada por la normativa de Seguridad Social
Este mecanismo evita desajustes entre salarios bajos y cotizaciones mínimas, y garantiza que las personas con retribuciones más reducidas no queden infracotizadas. Además, asegura que las futuras subidas del salario mínimo no se traduzcan únicamente en un mayor ingreso mensual, sino también en una mejora de la protección social a medio y largo plazo, al reforzarse las bases sobre las que se generan derechos de Seguridad Social.
Incremento del Mecanismo de Equidad Intergeneracional
Otro de los cambios relevantes en 2026 es el incremento del Mecanismo de Equidad Intergeneracional, conocido como MEI. Esta cotización adicional fue diseñada para reforzar los ingresos del sistema ante el impacto que tendrá la jubilación de la generación del baby boom en las próximas décadas.
En 2026, el tipo del MEI pasa del 0,80 % al 0,90 %, siguiendo el calendario progresivo establecido en la normativa. El reparto se mantiene sin cambios: 0,75 puntos porcentuales a cargo de la empresa y 0,15 puntos a cargo de la persona trabajadora.
Aunque el aumento individual pueda parecer reducido, forma parte de una senda de crecimiento gradual que continuará en los próximos años hasta alcanzar el 1,20 % en 2029. La finalidad del MEI no es financiar prestaciones concretas de forma inmediata, sino crear un margen adicional de ingresos que permita absorber tensiones futuras sin necesidad de medidas abruptas.
La cuota de solidaridad y su impacto en los salarios altos
El Real Decreto-ley 3/2026 refuerza también la llamada cuota de solidaridad, una cotización adicional que grava las retribuciones que superan el tope máximo de cotización. Se trata, por tanto, de una aportación que no genera derechos adicionales de pensión, pero que contribuye a la financiación general del sistema.
En 2026, los tipos aplicables aumentan 0,10 puntos porcentuales en cada tramo. El primer tramo, entre 5.101,21 y 5.611,32 euros mensuales, queda gravado al 1,15 %. El segundo tramo, que va de 5.611,33 a 7.651,80 euros, pasa al 1,25 %. El tercer tramo, correspondiente a retribuciones superiores a 7.651,80 euros, se sitúa en el 1,46 %.
Este incremento refuerza el carácter redistributivo del sistema y afecta especialmente a empresas con plantillas de salarios medios-altos y altos, así como a profesionales con retribuciones elevadas. La lógica de esta medida es clara: quienes tienen mayor capacidad contributiva realizan una aportación adicional que ayuda a sostener el conjunto del sistema, aunque no se traduzca en una pensión más alta.
Nueva tarifa de primas por accidentes de trabajo
Una de las reformas más estructurales introducidas en 2026 es la aprobación de una nueva tarifa de primas por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, adaptada a la CNAE-2025. La tarifa anterior llevaba vigente desde 2007 y se basaba en una clasificación de actividades económicas claramente desfasada.
La nueva tarifa moderniza la estructura sectorial, incorpora actividades emergentes y redefine determinados encuadramientos. Como consecuencia, algunas empresas verán incrementado su tipo de cotización por contingencias profesionales, mientras que otras podrán beneficiarse de una reducción, dependiendo de cómo quede clasificada su actividad principal.
Este cambio obliga a muchas empresas a revisar su encuadramiento y a analizar con detalle el impacto económico que puede tener la nueva clasificación, ya que no se trata de un ajuste meramente técnico, sino de una modificación con efectos directos en los costes.
Autónomos y ajustes en el sistema de rendimientos netos
En el ámbito del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, el real decreto-ley mantiene el sistema de cotización por rendimientos netos reales introducido en 2023. No se modifican los tramos generales previstos en el régimen transitorio, pero sí se actualizan las bases máximas de los tramos superiores, concretamente los tramos 11 y 12 de la tabla general.
Estas bases se ajustan al nuevo tope máximo del Régimen General, garantizando la coherencia entre ambos sistemas. Para los autónomos con mayores rendimientos, este ajuste puede suponer una cotización más elevada, alineada con la evolución general del sistema y con una mayor contributividad de cara a las prestaciones futuras.
Pluriactividad y devolución de cuotas
También se introducen cambios en materia de pluriactividad. En 2026 se actualiza el umbral a partir del cual puede solicitarse la devolución de cuotas por cotización en exceso. Las personas que coticen simultáneamente en el Régimen General y en el RETA podrán solicitar el reintegro del 50 % del exceso cuando el conjunto de sus cotizaciones supere los 17.323,68 euros, frente a los 16.672,66 euros fijados para 2025.
La devolución debe solicitarse ante la Tesorería General de la Seguridad Social, acreditando las cotizaciones efectuadas en ambos regímenes. Este ajuste mantiene la lógica de evitar una sobrecotización no justificada, actualizando los umbrales conforme a la evolución general de las bases.
Una estrategia de refuerzo a largo plazo
En conjunto, los cambios en las cotizaciones a la Seguridad Social para 2026 reflejan una estrategia continuada de refuerzo de los ingresos del sistema, con especial énfasis en las rentas más altas y en la actualización de elementos estructurales que habían quedado obsoletos.
Aunque estas medidas suponen un mayor esfuerzo contributivo para empresas, personas trabajadoras y autónomos, responden a una lógica de sostenibilidad a largo plazo. Más allá de su impacto inmediato en costes laborales o cuotas mensuales, las cotizaciones de 2026 muestran una dirección clara: adaptar el sistema a la realidad demográfica y económica actual para preservar su función esencial como pilar de protección social. Entender estos cambios permite anticipar su impacto y comprender que, en Seguridad Social, las decisiones presentes tienen efectos que se proyectan durante décadas.
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