Revalorización de pensiones 2026 y otras medidas sociales

6 Febrero, 2026

Una de las cuestiones que suele despertar más interés cada inicio de año es cómo evolucionan las pensiones. Para muchas personas pensionistas, la subida anual marca la diferencia entre “llegar con tranquilidad al final de mes” o tener que apretarse el cinturón, sobre todo cuando el coste de la vida no deja de subir. En 2026, esta preocupación vuelve a afrontarse de manera explícita en el Real Decreto‑ley 3/2026, que recoge la revalorización y otras medidas sociales de gran impacto colectivo. 

Una subida general del 2,7 % para mantener el poder adquisitivo

El núcleo del real decreto es la revalorización de las pensiones contributivas del sistema de la Seguridad Social y del Régimen de Clases Pasivas del Estado en un 2,7 % para 2026, en línea con la evolución media del Índice de Precios al Consumo (IPC). Esta forma de actualizar las pensiones no es arbitraria y responde a lo que fija la Ley 21/2021 sobre garantía del poder adquisitivo de las pensiones, y pretende que las pensiones no pierdan valor con el paso del tiempo a causa de la inflación. 

Un dato que ayuda a entender el efecto real: con un incremento del 2,7 % sobre la pensión media de jubilación, una persona que cobraba aproximadamente 1.510 € al mes en 2025 pasa a recibir cerca de 1.552 € al mes en 2026, lo que representa unos 570 € adicionales al año por la subida. Esta cantidad puede parecer modesta, pero para muchas familias es significativamente perceptible, especialmente en un contexto en el que los precios de productos básicos y servicios han seguido incrementándose.

¿Y para las pensiones más bajas? Una atención especial a la vulnerabilidad

El decreto también dedica un especial foco a los colectivos más vulnerables. Así, las pensiones mínimas contributivas suben más de un 7 %, y aquellas que incluyen cargas familiares, como en el caso de personas con cónyuge a cargo o prestaciones de viudedad con cargas, pueden llegar a incrementarse hasta un 11,4 %. 

Lo mismo ocurre con las pensiones no contributivas, que se actualizan en un 11,4 %, alcanzando un importe de 8.803,20 € al año (629 € al mes en 14 pagas). Este aumento beneficia especialmente a quienes nunca llegaron a cotizar lo suficiente como para generar una pensión contributiva pero sí cumplen los requisitos de ingresos y residencia. 

El techo de las pensiones. ¿Cuánto se puede cobrar como máximo?

Junto a estas subidas, la norma fija también el límite máximo de las pensiones públicas en 3.359,60 € al mes (47.034,40 € al año). Aunque parezca una cifra elevada para quien cobra una pensión media, este tope tiene una función práctica clara, y es evitar que las personas con múltiples prestaciones compatibles o con períodos muy largos de cotización acumulen importes que resultan desproporcionados respecto al promedio del sistema. 

El SOVI también se actualiza

Menos visible para el gran público, pero importante para un pequeño colectivo, es la actualización de las pensiones del antiguo Seguro Obligatorio de Vejez e Invalidez (SOVI). Aunque este régimen fue extinguido hace décadas, aún hay beneficiarias y beneficiarios que cobran estas prestaciones. En 2026, el importe anual de estas pensiones no concurrentes con otras prestaciones públicas se sitúa en 8.394,40 €. Si concurren con pensiones de viudedad, la cuantía también se ajusta teniendo en cuenta los límites máximos aplicables. 

Un plus para reducir la desigualdad por cuidado de hijos

Desde hace unos años, el sistema reconoce la posibilidad de sumar un complemento específico por reducción de la brecha de género a la pensión contributiva. Este complemento está pensado para compensar el impacto que los cuidados no remunerados suelen tener en las carreras de cotización y, tradicionalmente, se aplicaba automáticamente a las mujeres con hijos. Gracias a la jurisprudencia del Tribunal Supremo, hoy se reconoce que también puede corresponder a los hombres en las mismas condiciones que a las mujeres: basta con ser beneficiario de una pensión contributiva y haber tenido hijos o hijas, sin que se exijan requisitos adicionales según el género.

En 2026, el importe del complemento se actualiza a 36,90 euros mensuales por hijo o hija. Para muchas personas pensionistas, este complemento representa algo más que un importe económico, siendo un reconocimiento explícito del valor social y económico del trabajo de cuidados, que durante décadas no se reflejó adecuadamente en las bases de cotización y que ahora se aplica de manera justa e igualitaria para mujeres y hombres.

Mejoras en desempleo y trámites

Además de las pensiones, el decreto contiene medidas de impacto cotidiano que suelen pasar menos desapercibidas pero que mejoran la vida de mucha gente.

Quienes perciben subsidios por desempleo ya no están obligados a presentar la declaración del IRPF para seguir percibiéndolos. Esta exigencia, que antes se había convertido en causa de suspensión automática de la prestación por motivos formales, desaparece del sistema, reduciendo cargas administrativas y evitando pérdidas de derechos por tecnicismos. 

Este cambio puede parecer “técnico”, pero para muchas personas que han perdido su empleo y están gestionando prestaciones mientras buscan trabajo, supone un alivio considerable al simplificar un trámite que, en la práctica, no aportaba valor adicional al control de la prestación.

Otras medidas sociales incluidas que merecen atención

El Real Decreto-ley 3/2026, ya publicado y en vigor desde el 4 de febrero de 2026, incluye además otras disposiciones relevantes en materia de Seguridad Social. Algunas de estas medidas ya habían sido planteadas en el decreto que no fue convalidado por el Congreso a finales de enero, pero en esta versión definitiva se incorporan oficialmente y tienen plena eficacia, entre ellas:

  • Congelación de las cuotas de autónomos para 2026, lo que significa que los trabajadores por cuenta propia no verán subir sus cuotas fijas este año pese al contexto de inflación y de actualización de bases.
  • Ampliación de la compatibilidad entre pensión y trabajo para algunos profesionales sanitarios (como médicos de familia, pediatras o facultativos de Atención Primaria), permitiendo que puedan trabajar y cobrar su pensión al mismo tiempo hasta fin de año, una medida que ya viene aplicándose desde años anteriores con buenos resultados.
  • Nuevas cotizaciones adicionales para colectivos profesionales específicos, como bomberos y agentes forestales, para facilitar el acceso a la jubilación anticipada con coeficientes reductores debido a la mayor penosidad de su labor.
  • Ampliación de ciertos plazos de cancelación de préstamos concedidos a la Seguridad Social, como un ejercicio extra de margen financiero, que apoya la estabilidad del sistema ante cargas excepcionales.

Más allá de los números y los porcentajes, estas medidas muestran cómo la normativa de Seguridad Social busca proteger de manera efectiva a quienes dependen de las pensiones y prestaciones. La revalorización y los complementos no son solo ajustes técnicos: representan un refuerzo del poder adquisitivo, un reconocimiento al trabajo de cuidados y una garantía de estabilidad para millones de personas. Cada actualización, por modesta que parezca, tiene un impacto real en la vida diaria de pensionistas, autónomos y perceptores de subsidios, y refleja la importancia de mantener un sistema que combine equidad, seguridad y justicia social.

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